Por una resolución, el nuevo Código Electoral que eliminó las PASO quedó en vigencia 

El juez Humberto Conti suspendió la medida cautelar que frenaba la aplicación del flamante régimen electoral.

Si las elecciones provinciales se definieran hoy, los sanjuaninos tendrían que ir una sola vez a las urnas. Ese fue el plan que impulsó la gestión uñaquista al reformar el Código Electoral y eliminar las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) locales. Sin embargo, tres diputados giojistas fueron a la Justicia para pedir su nulidad, pero, antes de la definición sobre ese punto, consiguieron de la jueza Adriana Tettamanti el freno a la aplicación del nuevo régimen electoral, lo que fue festejado en el giojismo como una primera victoria. Sin embargo, ese triunfo quedó en la nada por un paso técnico. Cuando Fiscalía de Estado apeló esa resolución, se envió el expediente a la Cámara Civil, pero “con efectos suspensivos”, es decir, que se suspendió el freno al Código, el cual se encuentra vigente.

En ese marco, fuentes oficiales confirmaron que el Gobierno podría avanzar con la discusión y sanción de la ley de Partidos Políticos, necesaria para definir cómo se elegirán los candidatos de manera interna en los espacios políticos luego de la eliminación de las PASO. No obstante, el camino sería aguardar el resultado de la Sala IV de la Cámara Civil sobre la apelación a la medida cautelar (que frenó la aplicación del Código) y el fallo sobre la nulidad o no de la eliminación de las primarias.

Fue el fiscal de Estado, Jorge Alvo, quien explicó que “la provincia apeló la medida cautelar que dictó la jueza Tettamanti, del Contencioso Administrativo, que dispuso la suspensión de la eliminación de las PASO. Dicha apelación fue concedida por el titular del Cuarto Juzgado Civil (Humberto Conti) y, al hacerlo, lo hizo con términos suspensivos”. Esto es, la cautelar quedó sin efecto y será la Sala IV la que definirá si el freno a la implementación del Código se debe mantener o no.

Tettamanti había dictado la medida cautelar el último día hábil del año pasado. La provincia, a través de Fiscalía de Estado, recusó a la magistrada porque entendió que, en esa instancia, adelantó opinión sobre la cuestión de fondo, el planteo de nulidad. A la espera de la definición por la recusación, el expediente pasó al Cuarto Juzgado Civil, a cargo de Conti Pico, que estaba de turno en la feria judicial de enero, quien resolvió en febrero concederle la apelación a la provincia “con términos suspensivos”.

Fuentes judiciales indicaron que la resolución del magistrado civil llamó la atención, ya que existe un artículo específico (el 200) dentro del Código Procesal Civil de la provincia, que indica que “la apelación será sin efecto suspensivo” para las medidas precautorias, como lo es una cautelar. A su vez, existe la posibilidad que un juez conceda una queja “con efectos suspensivos”, siempre y cuando, la aplicación de cautelar “pueda ocasionar un perjuicio irreparable”.

Si bien el Ejecutivo tendría la posibilidad de avanzar con la reforma de la ley de Partidos Políticos, fuentes oficiales indicaron que no sería el camino por el momento, ya que todo indica que apuntan a esperar una resolución de primera instancia sobre la inconstitucionalidad que planteó el giojismo.

Por otro lado, en declaraciones ante la prensa, el gobernador Sergio Uñac no descartó en febrero que se pueda presentar un proyecto una vez iniciado el periodo de sesiones ordinarias en la Cámara de Diputados, lo que se dará el 1 de abril.

Además del planteo giojista, Juntos por el Cambio (JxC) también fue, tiempo después, a la Justicia por la eliminación de las PASO, en un tono similar a la presentación realizada por los tres diputados (ver recuadro).


Otro de los puntos

Los magistrados Romero y Nacif también deberán analizar si corresponde la apelación que planteó Fiscalía de Estado contra la medida cautelar que dispuso la jueza Adriana Tettamanti. Así, deberán definir si se mantiene o levanta la suspensión de la implementación del nuevo Código Electoral.


Confirmación

Los camaristas Juan Jesús Romero y su colega María Josefina Nacif entendieron que Tettamanti no incurrió en ningún prejuzgamiento, por lo que ratificaron su participación en la causa que iniciaron tres diputados giojistas, los que pidieron la nulidad e inconstitucionalidad sobre el régimen de elecciones que eliminó las PASO.

  • Planteo de Juntos por el Cambio

Detrás de la movida giojista, los representantes de las agrupaciones de Juntos por el Cambio (JxC) presentaron una demanda similar, con el objetivo de que se declare la nulidad de la ley que impulsó el oficialismo, la cual reformó el Código Electoral y eliminó las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).

En esencia, el planteo de JxC cuestiona el tratamiento legislativo que tuvo la reforma del Código Electoral, dado que el proyecto ingresó casi al cierre de la sesión del 16 de diciembre, se trató sobre tablas y hubo discusión sobre la votación. En la alianza opositora entienden que la decisión de la Cámara fue la de enviar la iniciativa a comisión, mientras que el oficialismo sostiene que las modificaciones al régimen electoral se sancionaron con la mayoría de 23 votos. El documento que presentaron en la Justicia llevó la firma de los presidentes y apoderados de los partidos integrantes, como Marcelo Orrego, de Producción y Trabajo; Enzo Cornejo, del Pro; Gustavo Usín, de Actuar; Horacio Tello, de la UCR, y Fernando Moya, de Dignidad Ciudadana. Al igual que en el expediente giojista, intervendrá la jueza Adriana Tettamanti.

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