Ley Provincial Nº 2039-A: Abstención de Corte del Servicio Eléctrico en San Juan para Pequeños y Medianos Emprendimientos Productivos

Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A. no pueden suspender el servicio a Usuarios Residenciales beneficiarios, ni a pequeños y medianos emprendimientos productivos, debiendo los Usuarios suscribir un plan de pagos de la deuda que se haya generado en sus suministros. (Resoluciones E.P.R.E. Nº 200 y 228 de 2020, reglamentarias de la aplicación en la Provincia de San Juan del DNU Nº 311/20 y Ley Provincial Nº 2039-A).

¿Cuáles son los pequeños y medianos emprendimientos
productivos beneficiarios
?

Son beneficiarios los emprendimientos cuyo servicio se utilice para el abastecimiento eléctrico de una actividad alcanzada por la obligación de aislamiento social preventivo y obligatorio, que no perciben otros beneficios otorgados por el Gobierno de la Provincia de San Juan, con suministros encuadrados en las categorías:

  1. Pequeñas Demandas General (T1-G)
  2. Medianas Demandas (T2-SMP y T2)
  3. Grandes Demandas (T3-BT, T3-MT)
  4. Riego Agrícola (TRA)
  5. Usuarios de Peaje (T4).

Ante cualquier duda, consultar a la Distribuidora o al E.P.R.E.

¿Cómo se evita la suspensión del servicio?

La suspensión del servicio se evita suscribiendo un plan de facilidades de pago. La reducción del consumo eléctrico en el año 2020 respecto de 2019, sirve para determinar el plazo del plan de pago.

Reducción de la energía facturada Plazo del Plan de Facilidades de Pago Tasa de Interés
Mayor al 70% 6 cuotas, con un mes de gracia BADLAR pasiva
Entre el 40 % y el 70% 6 cuotas
Entre el 20% y el 40% 3 Cuotas
Menor al 20% 50% de la factura al vencimiento, 50% restante en el mes

¿Que trámite debe realizarse para acceder a los Beneficios?

En caso de adeudar facturas, los Usuarios beneficiarios deben enviar a la Distribuidora un formulario, en carácter de Declaración Jurada.

Las Distribuidoras pondrán a disposición de los usuarios el formulario declaración jurada en la modalidad virtual (no presencial).

Opcionalmente el usuario podrá depositarlo en buzones habilitados a tal efecto por las Distribuidoras.

Presentado el formulario, la deuda se incluye en las siguientes facturas, como un plan de pago.

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